
Todas las personas que coticen al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), incluidos los trabajadores independientes, tienen derecho al reconocimiento de sus incapacidades, siempre y cuando estén debidamente certificadas, según el Ministerio de Salud.
El trabajador independiente al ser cotizante, tiene derecho al pago de sus incapacidades laborales y demás reconocimientos económicos que estén a cargo de la EPS y de la ARL.
Para que se haga efectivo el pago de la incapacidad y reconocimiento de pago de incapacidades laborales se debe tener en cuenta la siguiente información:
1. El trabajador debe estar afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) en calidad de cotizante
2. Debe contar con incapacidad certificable expedida por la entidad promotora de salud /EPS/
3. Haber cotizado al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), como mínimo 4 semanas antes de su incapacidad
En el momento que el trabajador independiente desee radicar la solicitud de pago de su incapacidad debe gestionarlo directamente frente a su EPS.
Si desea radicar sus incapacidades de manera facil y sencilla o ampliar la información sobre el pago y reconocimiento de sus incapacidades, comuníquese con nosotros.
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